viernes, 30 de marzo de 2007

Contencioso

1. Asegurar la asistencia y representación de la Entidad Inmobiliaria en las demandas que puedan interponérsele y su asistencia por personal cualificado ante los Tribunales, tanto como si es demandada como si es demandante, y asistirla en todo procedimiento necesario, en especial, por lo que respecta a compromisos contractuales contraídos por terceros para con ella.

2. Interponer a petición de la entidad inmobiliaria todos los recursos y procedimientos que le puedan ser útiles, y a sus costas.

* Procedimientos penales: Apropiación indebida y estafa.
* Juicios declarativos ordinarios.
* Juicios ejecutivos ordinarios.
* Procedimientos hipotecarios.
* Propiedad horizontal (comunidad de propietarios).
* Arrendamientos.
* Desahucios.
* Reclamaciones de rentas.
* Defensa Jurídica respecto a los problemas relativos a sus seguros.
*
Arbitrajes, transacciones y gestiones de cobro, etc.

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