viernes, 30 de marzo de 2007

INMOBILIARIA CONDENADA A PAGAR 3005 €

INMOBILIARIA CONDENADA A PAGAR 3005 €


Cada vez es más frecuente el que las agencias inmobiliarias en sus encargos de venta o en sus certificados de garantía de servicios profesionales se comprometan a gestionar los préstamos hipotecarios a sus clientes compradores.

Es notorio el hecho de que este tipo de compromisos esta causando a muchas agencias inmobiliarias muchos disgustos al incumplir este tipo de compromisos.

El pasado 27 de diciembre de 2004 la Audiencia Provincial de Madrid condenó a una agencia inmobiliaria a pagar a los compradores la cantidad entregada en arras así como las costas del procedimiento por comprometerse a gestionar al comprador la obtención del préstamo hipotecario, incumpliendo posteriormente tal obligación.

La agencia inmobiliaria tras comprometerse a obtener el préstamo hipotecario al comprador, solicito a éste la documentación necesaria para gestionarle el mismo. La Audiencia Provincial de Madrid no considero trascendente el que se omitiera toda referencia en la nota de encargo de venta a esta obligación, criterio en el que se reafirma dado que el artículo 8.1 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios establece que las condiciones y garantías ofrecidas en la oferta, promoción y publicidad serán exigibles "por los consumidores y usuarios aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento recibido"

Ante el incumplimiento por parte de la agencia inmobiliaria de conseguir el préstamo hipotecario para el comprador interesado, es por lo que éste último ante la perdida de las arras por expiración del plazo fijado para otorgar escritura pública, exigió en vía judicial a la agencia inmobiliaria la devolución de la cantidad entregada.

El reclamo publicitario utilizado por la agencia inmobiliaria de obtener el préstamo hipotecario al comprador le trajo como consecuencia el tener que responder de la perdida de arras sufrida por el comprador.

Aunque las agencias inmobiliarias no tienen como objetivo prioritario la financiación de tales operaciones lo cierto es que la publicidad efectuada por éstas como garantía de los servicios inmobiliarios trae como consecuencia el tener cubrir el perjuicio patrimonial sufrido por el cliente comprador, a causa del incumplimiento de este tipo de compromisos.

Es por ello por lo que desde PROMEIN os recomendamos obviar en la medida de lo posible este tipo de compromisos.

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