miércoles, 8 de abril de 2009

CONSULTA ARRENDAMIENTOS URBANOS. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR

CONSULTA: VOY A ARRENDAR UNA VIVIENDA, PERO ME GUSTARIA CONOCER CUALES SON LAS OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR. GRACIAS.



Entre las principales obligaciones del arrendador, conforme a la normativa vigente, hemos de señalar las siguientes:

• A entregar la cosa objeto del contrato, que se supone que está en buen estado, es decir que sirve para el uso a que se destina (Art. 1562cc)-
• A hacer todas las reparaciones necesarias a fin de conservarla apta para el uso a que se destina, siendo éste último lo que define si la reparación es o no necesaria. Hay ciertas reparaciones como por ejemplo arreglar los interruptores de la luz, poner los cristales que han roto, arreglar la cerradura de la puerta, que se llaman reparaciones locativas o arrendaticias que van a cargo del arrendatario.

• A mantener al arrendatario en el roce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato, por lo cual el Art. 1547 dispone que el arrendador no puede variar la forma de la cosa arrendada, lo que implica que tampoco puede modificar su destino económico.

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