miércoles, 8 de abril de 2009

CONSULTA ARRENDAMIENTOS URBANOS. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.

CONSULTA: VOY A ARRENDAR UNA VIVIENDA, PERO ME GUSTARIA CONOCER CUALES SON MIS OBLIGACIONES COMO ARRENDATARIO. GRACIAS.

Entre las principales obligaciones del arrendatario, conforme a la normativa vigente, hemos de señalar las siguientes:

1.- Pagar el precio del arrendamiento en los términos convenidos si no se ha pactado nada se paga la renta en el domicilio del deudor, y en cuanto al tiempo, se sigue la costumbre de la tierra ( población no campo) Art. 1574.



2.- A usar la cosa con diligencia de un hombre normal, destinándole al uso pactado o al que se deduzca de la naturaleza de la cosa arrendadaHay una obligación en el arrendamiento de usar la cosa, por ejemplo sea una finca urbana se estropea antes con el no uso, y si es un local de negocios pierde clientela y demás elementos favorables. En el caso de que la finca sea rústica, queda yerma si no se la cultiva.


3.-Pagar los gastos de escritura del contrato. Mientras en la compra-venta los gastos de escritura son a medias, en el arrendamiento van a cargo del arrendatario, lo cual tiene cierta importancia en los arrendamientos inscribibles que requieren escritura pública, y también en los arrendamientos de fincas urbanas realizadas en documento privado por la obligación que imponen las leyes fiscales de redactarlo en impresos timbrados ( que se compran es estancos) cuyo importe oscila según el precio de arrendamiento.


4.- Como contrapartida del derecho del arrendatario a que el arrendador efectúe las reparaciones necesarias tiene el deber de permitir la realización de las reparaciones urgentes que no puedan definirse hasta la conclusión del arriendo, sin que pueda aplazarse que la obra es molesta y que la privan del uso de una parte de la finca pero si la reparación dura más de 50 días, hay que disminuir el precio en proporción al tiempo y a la parte de la finca de que se priva al arrendatario. Si la obra hace inevitable la vivienda, el arrendatario puede rescindir el contrato.El arrendatario debe poner en conocimiento del dueño la necesidad de hacer reparaciones urgentes, así como las novedades dañosas, que otro ha realizado abiertamente y si no lo hace responde de los daños y perjuicios.


5.- Otras obligaciones del arrendatario son las de devolver la finca al concluir el arriendo en el estado en que la recibió, salvo lo que hubiera parecido por el tiempo y causa inevitable.


6.- Abstenerse de subarrendar la finca si se la hubiera prohibido expresamente en el contrato (Art. 1550cc), terminación del arriendo, cumplimiento del término.


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