jueves, 3 de enero de 2008

TRIBUNA ABC INMOBILIARIO: JUICIOS DE DESAHUCIO MAS RAPIDOS

JUICIOS DE DESAHUCIO MAS RAPIDOS

Muchos propietarios de inmuebles de la Comunidad de Madrid que deseen arrendar los mismos, se alegraran al conocer que a partir de enero de 2008, contaran con seis nuevos juzgados especializados en procedimientos de desahucio que se encargaran de atender y agilizar las demandas por impago de rentas y desahucio.

En la Comunidad de Madrid los propietarios de inmuebles arrendados, a través del juicio de desahucio, tardan de doce a dieciocho meses en desahuciar a un inquilino moroso.
En otras comunidades autónomas, cómo Cataluña, esta medida de incorporar nuevos Juzgados no se va implantar, dado que según últimas manifestaciones del Tribunal Superior de Justicia los casos de desahucio se resuelven en menos de tres meses.
Para poder disfrutar de este tipo de juicios rápidos, se agilizaran las notificaciones, se limitara el plazo que el inquilino dispone para pedir asistencia legal gratuita, no pudiendo servirse de ello para retrasar el proceso, se acortara el plazo para que los inquilinos paguen las rentas impagas desde notificación de sentencia de dos meses a quince días. Uno de los problemas que cuenta a día de hoy, el propietario/arrendador es que para poder presentar una demanda de desahucio, nuestra regulación jurisprudencial establece que desde que se produce el impago ha de esperar al menos dos meses para presentar la misma. El Ministerio de Vivienda pretende reducir ese plazo de dos meses a un mes para que la propiedad tras acreditar ese impago pueda presentar la correspondiente demanda de desahucio solicitando las rentas impagadas y el desalojo del inquilino moroso.
Respecto al objetivo de agilizar las notificaciones, se pretende recortar los plazos de notificación existentes desde que el arrendador presenta la demanda, se admite ésta a tramite, y se le comunica al arrendatario moroso. Respecto a la celebración de la vista, no se va a posibilitar aplazar ésta en el caso de que el inquilino moroso no se presente a la misma.
Una argucia legal aprovechada por los inquilinos morosos para retrasar los juicios de desahucio, y por ende su lanzamiento, es la de solicitar asistencia jurídica gratuita el mismo día del juicio. Esta solicitud obliga a los jueces a tener que esperar a que el Colegio de Abogados le nombre un abogado de oficio. Para evitar esto y no se dilate la espera del arrendador en recuperar la posesión de su inmueble arrendado, se fijará un plazo para que el inquilino puede solicitar defensa jurídica gratuita antes de la celebración del juicio para que pueda celebrarse en debida forma y respetando el derecho a la defensa letrada del inquilino moroso en el plazo previsto.
Asimismo se pretende recortar el plazo del lanzamiento del inquilino moroso tras dictar el Juez correspondiente sentencia condenatoria, por la que el inquilino moroso deba desalojar la vivienda arrendada por impago de rentas.

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