CONSULTA COMPRAVENTA: QUIEN HA DE PAGAR LA PLUSVALIA

Debemos partir de la base de que es el vendedor el obligado al pago de la plusvalía.
En este sentido la Ley de Haciendas Locales y la Ley General Tributaria señalan que en las transmisiones gravosas quien debe pagar la plusvalía es el vendedor, y que los elementos de la obligación tributaria no podrán ser alterados por pactos o convenios entre los particulares.
Es frecuente que las partes se pongan de acuerdo y pacten que el vendedor asuma unos gastos de la transacción y el comprador otros.
En idéntico sentido, muchas Audiencias Provinciales han declarado en sus sentencias que la cláusula que obligaba al comprador a pagar la plusvalía es abusiva y nula
Por regla general y como consejo jurídico debemos tener en cuenta, que salvo pacto en contrario, al vendedor le corresponde pagar la Plusvalía y debe estar al corriente del pago del IBI.
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