viernes, 21 de diciembre de 2007

CONSULTA COMPRAVENTA: ESCRITURACION POR DEBAJO DE LA VALORACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA

¿QUE SUCEDERÍA SI ESCRITURAMOS UN LOCAL EN COMPRAVENTA Y SE ESCRITURA POR DEBAJO DE LA VALORACIÓN DE REFERENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.? ¿EN QUE AFECTARÍA SI SON SOCIEDADES COMPRADORA Y VENDEDORA, Y LA OPERACIÓN VA SUJETA A IVA.?

Si la operación tributa por IVA (salvo que el local sea totalmente nuevo) es porque se renuncia a la exención en la escritura notarial. Es muy importante que tal cláusula de renuncia figure expresamente. Respecto a la Comunidad Autonoma, su valor fiscal afecta exclusivamente respecto a Actos Jurídicos documentados (al tipo de 1,5 por ciento). Si ponéis en la escritura notarial un valor del bien inferior al fijado por la CCAA, y rellenais la autoliquidación de Actos Jurídicos Documentados con arreglo al valor fijado en la escritura notarial, recibireis con el tiempo una liquidación complementaria del 1,5 por ciento por la diferencia entre el valor fijado en la escritura notarial y el valor fiscal del bien. Entonces la pagais o bien la recurrís a vuestra elección.Respecto al IVA el valor que vale es el que poneis en la escritura notarial.

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