viernes, 21 de diciembre de 2007

TRIBUNA ABC INMOBILIARIO: AHORREMOS AGUA

TRIBUNA ABC INMOBILIARIO: AHORREMOS AGUA


Como bien señalan los ecologistas, el agua es un bien patrimonial común de la humanidad, del cual depende la salud individual y colectiva así como la agricultura, la industria y la vida doméstica.
En esta línea, y en relación al sector inmobiliario, cabe destacar que a día de hoy existen muchas comunidades de propietarios que no poseen contadores de agua para cada piso en particular, sino uno general.
El control sobre el ahorro de agua para este tipo de comunidades de propietarios es aún una asignatura pendiente.
Es un hecho notorio que muchos de los comuneros a sabiendas de que el consumo total de agua es compartido por todos los propietarios de las viviendas, no se esfuerzan por impedir el malgasto y el derroche innecesario del consumo de agua.
¿Para qué llamar al fontanero cuando los grifos gotean o la cisterna del inodoro pierde agua…? ¿Por qué no disfrutar de un buen baño en una enorme bañera, en vez de ducharme…? ¿Por qué no dejar correr el agua si todos los propietarios van a colaborar económicamente con mi consumo desmesurado de agua …?
Dado que el consumo de agua es perfectamente individualizable, los comuneros de cara a evitar esta situación de consumo innecesario de agua por parte de otros vecinos están en su derecho de instalar un contador privativo, contribuyendo de tal modo al ahorro de agua en la finca como así lo permite la Ley de Propiedad Horizontal al señalar que cada propietario tiene la obligación de contribuir a los gastos comunes que no sean susceptibles de individualización
Una vez tenga el comunero instalado su contador de agua privativo se descontará el importe de su consumo de agua de la factura total emitida por la empresa suministradora, siendo repartido el montante restante entre las viviendas que no tengan contador.
Así se procede en justicia, no se perjudica nadie, y se permite hacer uso de su derecho de invidualización del gasto a quien ya ha instalado el contador y a cualquier otro comunero que se decida a instalarlo en el futuro.
Para que este tema se trate en la próxima Junta, debe proponerlo por escrito con antelación para que se incluya en el orden del día. Para los contadores privativos no hace falta acuerdo comunitario, aunque conviene tratarlo en Junta para dar oportunidad a que lo instalen los propietarios que lo deseen. Así como cualquiera tiene derecho a ponerlo, no es posible obligar a su instalación a quien no lo quiera, aunque se aprobara por mayoría.
Lógicamente, el importe del contador debe sufragarlo cada uno de los propietarios que lo instale.

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