lunes, 17 de diciembre de 2007

CONSULTA IMPUESTOS: BENEFICIOS FISCALES POR HIPOTECA

TENGO UNA DUDA HIPOTECARIA, PORQUE ENTIENDO QUE PARA TENER BENEFICIOS FISCALES NO PUEDES AMORTIZAR MAS DEL 40 POR CIENTO DEL CAPITAL EN LOS 3 PRIMEROS AÑOS, PERO ESTOS AÑOS SON FISCALES O JUSTO DESDE LA FECHA DE INICIO DE LA HIPOTECA??.

Esta situación era aplicable con la anterior ley de IRPF, con la nueva ley que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2007 no existen porcentajes de deducción incrementados y por lo tanto la situación a la que aludes no resulta aplicable. Con la nueva ley de renta el contribuyente puede deducir el 15 por ciento de las cantidades pagadas durante el año en la adquisición de la vivienda habitual con un limite máximo de 9.015 euros y han desaparecido los porcentajes de deducción incrementados

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