viernes, 14 de diciembre de 2007

CONSULTA ARRENDAMIENTOS URBANOS: TEMOR A QUE EL INQUILINO CAUSE DAÑOS EN LA CASA ARRENDADA

LOS VECINOS ME COMENTAN QUE LA PERSONA A LA QUE LE ALQUILÉ UN PISO ORGANIZA FIESTAS CASI A DIARIO. TEMO QUE ME ESTÉ DESTROZANDO LA CASA, PERO ÉL NO ME DEJA ENTRAR A ECHAR UN VISTAZO. ¿TENGO DERECHO A VERLA? ¿PUEDO ENTRAR AUNQUE NO TENGA SU PERMISO?

No, no puede Vd. entrar en la vivienda arrendada sin el consentimiento del inquilino o de la autoridad judicial, puesto que estará cometiendo un delito de allanamiento de morada, salvo que la entrada en la vivienda fuese para evitar un mal grave, circunstancia que no concurre en este caso.

Si las fiestas molestan a los vecinos del inmueble, la primera medida a adoptar es que el Presidente de la Comunidad de Propietarios le requiera al arrendatario la inmediata cesación de las actuaciones molestas, y el aviso de que si continua se acudirá a los Tribunales. Si aun así no cesa en las actividades molestas, se le demandará con autorización de la Junta de Propietarios y el juez podrá declarar extinguido el contrato de arrendamiento y su inmediato lanzamiento de la vivienda.

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