lunes, 17 de diciembre de 2007

CONSULTA IMPUESTOS: DONACION DE PADRES A HIJOS

TENEMOS INTENCION DE TRANSMITIR EN VIDA A NUESTROS HIJOS LOS INMUEBLES DE LOS QUE SOMOS A DIA DE HOY PROPIETARIOS A TRAVES DE LA DONACIÓN PARA QUE NO TENGAN QUE PAGAR IMPUESTO DE SUCESIONES. ME PUEDE ACONSEJAR ALGO SOBRE ESTE TEMA. UD. HARÍA LO MISMO EN MI CASO? NO QUIERO QUE HACIENDA SEA MI HEREDERO... BASTANTE HA RECAUDADO YA CONMIGO, Y DE MUCHOS PLACERES ME HA APARTADO. MI DESEO AL FALLECER ES QUE ELLOS QUEDEN BIEN, Y NO TRABAJEN TANTO CÓMO YO.

El impuesto sobre sucesiones y donaciones ha sido transferido a las Comunidades Autónomas, pudiendo estas regular ciertos aspectos sustanciales del mismo. Por ello, en la Comunidad de Madrid y otras como Valencia, las donaciones y las sucesiones entre padres e hijos se benefician de una bonificación del 99%, lo que en la práctica convierte el impuesto en inexistente. Ahora bien, este beneficio fiscal afecta únicamente al donatario, puesto que en el donante sigue existiendo tributación en el IRPF. Por diferencia entre el precio de adquisición del bien donado y el valor de mercado de dicho bien en el momento de la donación, el donante obtiene una ganancia patrimonial y deberá tributar por ella en su IRPF como cualquier otra ganancia patrimonial procedente de la venta.

No hay comentarios:

COMPARATIVA DE TARIFAS ELECTRICAS