CONSULTA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS: VACIAR AGUA PISCINA PARA LIMPIARLA

El pasado Septiembre de 2.005, en vista de las escasas reservas de agua en los embalses de la Comunidad de Madrid y al objeto de garantizar el agua para el consumo, se adoptaron una serie de medidas restrictivas de uso del agua, y entre ellas una que afectaba al rellenado parcial o total de las piscinas públicas o privadas.
Si bien, esta restricción ha sido parcialmente anulada puesto que sí se permite el rellenado parcial de las piscinas, siempre y cuando, el titular de la instalación, en este caso, la Comunidad de Propietarios, se comprometa al mantenimiento permanente del agua en óptimas condiciones de utilización, a fin de que no se requiera el vaciado parcial o total del vaso de la piscina.
Para mantener en condiciones óptimas el agua será necesario tratar la misma siempre, en verano y en invierno, a pesar de su falta de utilización, de forma que pueda ser reutilizada la temporada siguiente sin necesidad de vaciar la pileta. El debido tratamiento mediante cloro, filtrado o floculantes, contra las algas, la suciedad provocada por las lluvias, o por la masiva afluencia, cremas bronceadoras etc., deberá serle indicado por un especialista (químico) que controlará periódicamente el agua y su mantenimiento a fin de no ser necesario el vaciado del agua.
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