martes, 11 de diciembre de 2007

CONSULTA MEDIACION INMOBILIARIA: INMOBILIARIA VENDE UN INMUEBLE DE V.P.O POR PRECIO SUPERIOR AL PERMITIDO POR LA LEY

¿COMO ES POSIBLE QUE EN UNA AGENCIA INMOBILIARIA ME VENDAN UNA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL POR UN PRECIO SUPERIOR AL PERMITIDO POR LA LEY?

En principio, no hemos de olvidar que la agencia inmobiliaria es un simple mediador en la compraventa de un inmueble, siendo el vendedor quien fija el precio de venta.

Cuando la vivienda es de protección oficial y el vendedor exige un precio superior al permitido, el deber de la agencia es informarle de que puede ser sancionado con multas pecuniarias y con pérdidas de beneficios económicos recibidos, en su caso, por fijar un precio superior al legalmente limitado, e informar al comprador, a su vez, de cual sería el precio lícito y cual la cantidad que va a pagar en exceso, así como el concepto en el que lo exigirá el vendedor –mobiliario, obras efectuadas en la vivienda..., que son inexistentes- y que únicamente sirven para justificar la entrega de esas cantidades, y por último, que tales cantidades no se reflejarán en la escritura pública como precio de compraventa del inmueble. Si la agencia no proporciona esta información será responsable de los daños y perjuicios que ocasione su negligencia.

No obstante, y a pesar de que ahora los Tribunales no declaran nulos estos contratos, (antes sí lo hacían y por tanto, la agencia no cobraba) nosotros recomendamos a las agencias inmobiliarias no participar en estas compraventas, puesto que, tienen un deber de colaboración en el cumplimiento de la normativa sobre viviendas de protección oficial y porque, además, si se impugnan estas compraventas ante los Tribunales, puede ser juzgada su actividad y condenados por su intervención.

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