CONSULTA IMPUESTOS: DESGRABACION FISCAL POR RENTAS PROVENIENTES DE TRABAJO
TRABAJO PARA UNA EMPRESA BRITANICA SIN SEDE EN ESPAÑA. MI RESIDENCIA OFICIAL ES ESPAÑA. QUE DESGRAVACION FISCAL TENGO EN ESTA SITUACION? HE OIDO QUE LOS PRIMEROS 60.000 EUROS NO COTIZAN, ES CIERTO?
Puesto que su residencia oficial es España, usted tributa en el IRPF aplicando las reglas generales de este impuesto como si su empresa pagadora fuera española. Por ello, la totalidad de sus rendimientos del trabajo se integra en la base imponible, como en cualquier otra situación general.
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