lunes, 17 de diciembre de 2007

CONSULTA IMPUESTOS: VENTA DE ACCIONES EN DECLARACION DE RENTA

HACE TRES AÑOS VENDI UNAS ACCIONES CON PERDIDAS (TERRA). ESA PERDIDA ES COMPENSABLE EN LA FUTURA DECLARACION DE RENTA DEL EJERCICIO DE 2008 CON GANANCIAS EN OTRAS ACCIONES VENDIDAS EN EL 2007.
Si, tanto la anterior ley de IRPF como la vigente establecen que las perdidas patrimoniales son compensables con ganancias patrimoniales obtenidas durante los cuatro años siguientes y sin que la compensación pueda practicarse fuera de dicho plazo de cuatro años.

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