miércoles, 26 de diciembre de 2007

CONSULTA IMPUESTOS: POSIBILIDAD DE QUE EXISTAN DOS VIVIENDAS HABITUALES EN EL SENO DE LA UNIDAD FAMILIAR.

COMPRÉ UN PISO A MI NOMBRE EN EL AÑO 1998, ME CASÉ EN EL 2003 EN CATALUÑA EN RÉGIMEN DE SEPARACION DE BIENES. AHORA, HEMOS COMPRADO UN PISO TAMBIÉN EN CATALUÑA PERO EN OTRA PROVINCIA QUE HEMOS ESCRITURADO A NOMBRE DE LOS DOS, DE MI ESPOSO Y MÍO Y ÉL VA A EMPADRONARSE ALLÍ DONDE RESIDIRÁ. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, ¿PUEDE DESGRAVARSE LA MITAD DE ESE PISO Y YO SEGUIR DESGRAVÁNDOME LA MITAD DEL MÍO A PESAR DE SEGUIR CASADOS?

Resulta posible en el seno de una unidad familiar que existan dos viviendas habituales, en cuyo caso cada uno de los cónyuges podrá deducir en IRPF respecto a la vivienda en la que esté empadronado y tenga fijada su residencia fiscal.

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