CONSULTA PROPIEDAD HORIZONTAL: POSIBILIDAD DE CONSTRUIR PISCINA E INSTALAR JUEGOS DE NIÑOS EN ZONA AJARDINADA DE URBANIZACION
PERTENEZCO A UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS QUE DISPONE DE UNA ZONA AJARDINADA PRIVADA EN RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL. SE PRETENDE INSTALAR EN ELLA UNOS JUEGOS DE NIÑOS, E INCLUSO UNA PISCINA. ¿PUEDE HACERSE, TENIENDO EN CUENTA QUE EL JARDÍN HA EXISTIDO SIEMPRE, QUE APARECE EN EL PLANO PARCELARIO DEL CATASTRO Y QUE EN EL TÍTULO DE PROPIEDAD APARECE UNA CLÁUSULA QUE NOS OBLIGA A MANTENER Y A CONSERVAR EN BUEN ESTADO DICHAS ZONAS VERDES?
La instalación de una piscina o zona de juegos donde hasta ahora se hallaba el jardín requiere la modificación del título constitutivo, que es el documento en el que se recoge la descripción de la finca en su totalidad así como de cada piso que la conforma y de los elementos comunes, servicios e instalaciones con que cuenta el inmueble. Y para ello es necesaria la unanimidad, es decir, el voto favorable de todos los propietarios al acuerdo de instalar una piscina o una zona de juegos en el jardín, debidamente convocados en junta de propietarios.
Si todos se muestran conformes, el acuerdo adoptado debidamente formalizado (inscrito en el Registro como alteración del título constitutivo) sería plenamente válido y dejaría sin efecto la cláusula que les obligaba a mantener el jardín en un adecuado estado de conservación.
Cuestión muy diferente son las licencias y certificados que Vds. deberán solicitar al Ayuntamiento de su localidad para la construcción y puesta en funcionamiento de la piscina, y para lo cual pueden dirigirse al mismo Ayuntamiento a fin de que les indique cuales son, los documentos que se deben acompañar y la tramitación para la obtención de estos certificados y licencias.
La instalación de una piscina o zona de juegos donde hasta ahora se hallaba el jardín requiere la modificación del título constitutivo, que es el documento en el que se recoge la descripción de la finca en su totalidad así como de cada piso que la conforma y de los elementos comunes, servicios e instalaciones con que cuenta el inmueble. Y para ello es necesaria la unanimidad, es decir, el voto favorable de todos los propietarios al acuerdo de instalar una piscina o una zona de juegos en el jardín, debidamente convocados en junta de propietarios.
Si todos se muestran conformes, el acuerdo adoptado debidamente formalizado (inscrito en el Registro como alteración del título constitutivo) sería plenamente válido y dejaría sin efecto la cláusula que les obligaba a mantener el jardín en un adecuado estado de conservación.
Cuestión muy diferente son las licencias y certificados que Vds. deberán solicitar al Ayuntamiento de su localidad para la construcción y puesta en funcionamiento de la piscina, y para lo cual pueden dirigirse al mismo Ayuntamiento a fin de que les indique cuales son, los documentos que se deben acompañar y la tramitación para la obtención de estos certificados y licencias.
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